Un tribunal de Valencia ha dictado una condena de cuatro años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a la sobrina de su amigo, una menor de edad. Este caso ha generado gran atención mediática y ha puesto de relieve la importancia de la protección de los menores en situaciones de vulnerabilidad. La sentencia, emitida por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, también incluye cinco años de libertad vigilada y una indemnización de 10,000 euros a la víctima por los daños morales sufridos.
Los hechos ocurrieron el 21 de agosto de 2023, cuando el acusado, que había conocido a la menor a través de su tío, la invitó a dar un paseo por la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia. Tras varias conversaciones previas en una red social, la joven, que en ese momento tenía 17 años, accedió a acompañarlo a su casa bajo la excusa de que necesitaba ducharse después de su jornada laboral. Sin embargo, lo que comenzó como un encuentro inocente se tornó en una situación de agresión sexual.
Al llegar a la vivienda, el acusado se metió en el baño, mientras la menor lo esperaba en su habitación. Al salir, se acercó a ella por detrás y comenzó a besarla en el cuello, ignorando sus claras negativas. A pesar de que la víctima le expresó su deseo de que parara, el agresor continuó con su comportamiento, llegando a forzarla a mantener relaciones sexuales. La menor, paralizada por el miedo y la sorpresa, no pudo reaccionar adecuadamente ante la situación.
La denuncia fue presentada dos días después de la agresión, cuando la víctima se sintió lo suficientemente segura para contarle a su madre lo sucedido. Ambas acudieron a la comisaría para formalizar la denuncia, lo que llevó a la apertura de un caso judicial. Durante el juicio, la víctima relató con claridad los hechos, afirmando que había dejado claro su rechazo y que había intentado detener al agresor.
El acusado, por su parte, intentó justificar su conducta alegando que la menor había consentido, argumentando que ella se había desnudado. Sin embargo, los mensajes de WhatsApp intercambiados entre ambos tras la agresión demostraron lo contrario. En estos mensajes, la menor dejó claro que no quería mantener relaciones sexuales, mientras que el agresor intentó minimizar la situación, afirmando que si la chica se hubiera involucrado más, habría disfrutado más.
La sentencia del tribunal ha sido objeto de debate, ya que la pena impuesta es inferior a la solicitada inicialmente por el Ministerio Fiscal, que pedía diez años de prisión. Sin embargo, el tribunal consideró que no había agravantes suficientes para justificar una pena mayor. La actitud del agresor, aunque grave, no fue considerada como un desprecio hacia la víctima, lo que llevó a la reducción de la pena. Además, el tribunal apreció un intento de reparación por parte del acusado, quien envió mensajes de disculpa a la víctima después de la agresión.
El fallo también incluye medidas de protección para la víctima, como la prohibición de que el agresor se comunique con ella o se acerque a menos de 40 metros durante los próximos nueve años. Asimismo, se le ha impuesto una inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad que implique contacto regular con menores durante cinco años. Estas medidas buscan garantizar la seguridad de la víctima y prevenir futuros incidentes similares.
Este caso resalta la necesidad de una mayor concienciación sobre la violencia sexual y la protección de los menores en situaciones de vulnerabilidad. La sentencia, aunque considerada insuficiente por algunos, es un paso hacia la justicia para la víctima y un recordatorio de la importancia de escuchar y creer a quienes han sufrido agresiones sexuales. La sociedad debe seguir trabajando para crear un entorno más seguro para todos, especialmente para los más jóvenes, y asegurar que los agresores enfrenten las consecuencias de sus actos de manera adecuada.